Calzadilla Abogados

El TSJA obliga al Principado a invertir en Bomberos las contribuciones especiales de 2017 a 2021

La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha estimado en parte el recurso promovido por el sindicato CSI y varios trabajadores del Servicio de Emergencias del Principado de Asturias (SEPA), representados por CALZADILLA ABOGADOS, que obliga a la Administración a destinar el importe recaudado mediante contribución especial durante los ejercicios de 2017 a 2021 al establecimiento, mejora y ampliación de los servicios de prevención y extinción de incendios del Servicio de Emergencias del Principado de Asturias (SEPA).

En la sentencia, de 20 de septiembre de 2022, el TSJA expone que la Ley autonómica regula una contribución especial para el establecimiento, mejora y ampliación de los servicios de prevención y extinción de incendios y de salvamento del Principado, y “La parte actora considera que se ha regulado una contribución especial para el establecimiento, mejora y ampliación de los servicios de prevención y extinción de incendios y de salvamento del Principado de Asturias y existe obligación de destinar a inversiones reales las cantidades percibidas por medio de la contribución especial en el ejercicio de 2021 y en los anteriores, de 2017 a 2020 por importe total de 7.450.878,54 euros”.

El Tribunal anula así la Resolución de 24 de mayo de 2021 de la Consejería de Hacienda del Principado de Asturias, que desestimaba la reclamación por la vía administrativa de tales cantidades por el sindicato CSI y trabajadores del SEPA.

El fallo considera la declaración del Gerente del SEPA, que certifica que de 2017 a 2021 el SEPA recibió como contribución especial diversas cuantías por importe anual superior a los dos millones de euros, si bien las cantidades destinadas a inversiones reales durante los citados ejercicios “en ningún caso y en ninguno de los referidos años alcanzan las cuantías provenientes de contribuciones especiales.”.

Asimismo, el Tribunal tiene en cuenta la doctrina dictada por el Tribunal Supremo en sentencia de 11 de noviembre de 2020, en la que el mismo sindicato fue parte, asistida por CALZADILLA ABOGADOS, que reconoce la obligación de la Administración de destinar las cantidades que recibe de las aseguradoras en concepto de contribución especial, única e íntegramente a inversiones reales para ampliación y mejora en el servicio de extinción y prevención de incendios, y no a gasto corriente.

Respecto al actual ejercicio 2022 y siguientes, la sentencia del TSJA considera que no procede acceder a lo reclamado, ya que no consta el incumplimiento por parte de la Administración de destinar a inversiones la contribución especial de UNESPA del año en curso y de los siguientes.

Contra esta Sentencia, que puede leerse en el documento abajo, cabe recurso de casación.

Podéis leer la noticia en El Comercio y La Nueva España.

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